Hola:Este blog lo presentamos 6ºB y nuestra profesora de digital.En este blog publicaremos los trabajos que vamos a hacer durante el curso y algunas cosas más.Explicaremos como hacer un blog y las normas de como hacerlo.

jueves, 29 de septiembre de 2016

Posted by Trinidad Martinez in , | 4:24 No comments
“Escribir en un blog o en cualquier espacio público nos pone "a la vista" de los demás por lo que es importante tener en cuenta unas normas básicas para escribir en un blog:

Existen multitud de normas y decálogos de actuación en la Red, que conforman la llamada Netiqueta o Netiquette ) y otros orientados al buen hacer bloguero (no hay tantos específicamente relacionados con los blogs educativos), que podría haber resumido y adaptado a mis propios fines; de hecho, algunos se citan al final de este artículo. En cambio, he preferido partir de mi propia experiencia, y dejar la puerta abierta al debate, las propuestas y sugerencias de los compañeros, a través del mecanismo habitual de los comentarios.

Así pues, a continuación anoto las que yo considero normas de etiqueta propias de un blog educativo. Las formulo en forma de breves frases de carácter sentencioso, con las consideraciones necesarias a continuación de cada una de ellas.
  1. Ser educado, respetuoso y cortés. La libre exposición de las ideas propias y la abierta crítica de las del prójimo no tienen por qué ser contradictorias con este principio, que resulta del todo pertinente en los blogs de temática educativa. El respeto de esta norma de conducta debe excluir los insultos, las descalificaciones, las actitudes agresivas, intolerantes y sectarias, la maledicencia, los argumentos ad hominem y otras estrategias argumentativas semejantes.
  2. Ser veraz, fiable, responsable. Con su actividad de publicación regular, el autor o autora de un blog define, implícita o explícitamente, un contrato con su público lector que debe respetar. Si por alguna razón lo incumple dicho contrato, conviene que proporcione las oportunas explicaciones. Entre los elementos importantes de este contrato implícito de publicación o edición en blog hay que anotar los siguientes:
    • Mostrarse veraz y fiable en la información proporcionada. Aunque a los blogs y a sus autores no les alcance con igual intensidad que a los medios de comunicación profesionales la obligación de verificar sus fuentes de información, esto no significa que tengan carta blanca para actuar de forma irresponsable o poco meditada. Las noticias que se divulgan, los enlaces que se recomiendan, los recursos que se difunden, las citas y referencias, deben haber sido comprobados y filtrados.
    • Mostrarse veraz, fiable y responsable con respecto a la autoría. El autor de un blog no tiene por qué corresponder a una identidad personal real; puede ser, perfectamente, una identidad ficticia, una colectividad, un seudónimo o incluso un “personaje”, en el sentido literario y ficcional del término. En cualquier caso, parece aconsejable que el blog defina explícitamente los perfiles de su autoría y se atenga a ellos. Desde tal punto de vista, resultan rechazables las fórmulas ambiguas, las suplantaciones de identidad y el anonimato, cuando éste se adopta para eludir o atenuar la responsabilidad personal.
    • Prestar atención al público lector. Un blog debe hacer explícita su política respecto a la interacción con los lectores, actividad que normalmente se expresa a través de la aceptación de los comentarios. Si el blog permite que los visitantes realicen comentarios (también puede optar por no permitirlos en absoluto o por establecer normas para limitarlos, pero en ambos casos debe declararlo), ha de respetar lo que en ellos se diga y no censurar la libre expresión de los comentaristas. No obstante, parece legítimo que un blog establezca ciertas salvaguardias, a saber:
      1. Solicitar a los comentaristas pruebas de identidad. Ciertas plataformas y sistemas de publicación de blogs solicitan un registro previo. Otros blogs establecen tres elementos de identidad: el nombre del usuario, una dirección de correo electrónico y una URL de referencia, aunque sólo las dos primeras suelen considerarse obligatorias.
      2. Eliminar directamente y sin advertencia previa ciertos tipos de comentarios: el spam, los comentarios soeces, insultantes u ofensivos (los denominados trolls ) o los que suponen publicidad encubierta.
      3. Eliminar los comentarios anónimos o aquéllos en los que se sospecha una falsificación de identidad. Dado que ésta es una conducta sujeta a debate, parece conveniente proceder con cierta cautela, advirtiendo a los autores de este tipo de comentarios que no se aceptan dichas prácticas y que intervenciones futuras semejantes se eliminarán.
      4. Moderar los comentarios, de forma manual o mediante procedimientos automáticos, de acuerdo con normas claras y explícitas.
      5. Orientar a los comentaristas que, sin llegar a practicar conductas reprochables, realizan comentarios inapropiados. Éstos constituyen una conducta relativamente frecuente, en muchos casos debida a errores, inadvertencias o incluso a fallos técnicos, que puede resultar irritante, aunque raramente perjudicial. Ante un comentario de esta naturaleza, resulta recomendable la paciencia y alguna dosis de buen humor: todo el mundo ha sido novato alguna vez, y nadie está libre de cometer un error.
    • Asegurar la periodicidad de la publicación y la disponibilidad del blog en la Red. Un blog regularmente actualizado y conocido genera un cierto horizonte de expectativas en los lectores, al que se debe dar satisfacción. Por tanto, es conveniente anunciar aquellas contingencias previsibles que afecten a dichas expectativas: períodos de descanso e inactividad, tareas de mantenimiento, actualización y revisión, modificaciones importantes de diseño o estructura de los contenidos, cambios de alojamiento o autoría, etc. Cuando los cambios son impredecibles o se producen por razones de fuerza mayor (caídas de líneas, fallos de servidores, ataques a los sitios web, etc.), es aconsejable dar cuenta a los lectores de lo que ha ocurrido y, en su caso, ofrecer las correspondientes excusas.
    • Cumplir la palabra dada y los compromisos adquiridos, tales como tareas pendientes, promesas de publicación, actividades de participación conjunta, etc. Si por algún motivo ello no es posible (todos los blogueros sabemos cuánto tiempo y esfuerzo consume la publicación regular, que en la mayoría de los casos se realiza gratis et amore), se deben ofrecer las explicaciones pertinentes.
    • Respetar la intimidad ajena. Un autor de blogs no debe divulgar aquellos datos de su público lector que conoce gracias a su bitácora (direcciones de correo electrónico, especialmente, pero también otras circunstancias), a no ser que medie el permiso de los interesados. El respeto a la intimidad ajena excluye también todas aquellas conductas que puedan considerarse invasivas o que causen embarazo y molestia. A continuación, y sin ánimo de agotar la interminable casuística, se señalan algunas:
      1. Las peticiones de ayuda y colaboración formuladas al autor de un blog a través de los comentarios son perfectamente legítimas, al igual que la falta de respuesta a tales peticiones. Esta última conducta debe interpretarse como cortés rechazo a la solicitud.
      2. La convocatoria de campañas, manifiestos e iniciativas semejantes debe utilizarse moderadamente, pues es fácil que su abuso provoque cansancio y rechazo. También la práctica del meme, tan fascinante y gozosa por muchos conceptos, puede resultar invasiva, molesta o comprometedora.
    • Practicar la reciprocidad. Esta conducta constituye una de las razones de ser de la blogosfera, y en especial de la blogosfera educativa. El docente bloguero debe estar dispuesto a compartir recursos, materiales, conocimientos y experiencias. La mejor forma que tiene un blog de ganar crédito ante sus iguales es mostrar una actitud generosa y desprendida. Es, además, una actitud que suele merecer recompensas y gratificaciones, a menudo variopintas e inesperadas.
    • Regular la presencia de publicidad. La inserción de elementos publicitarios en un blog es una práctica controvertida, que con cierta frecuencia resulta inevitable por las condiciones de publicación (alojamientos gratuitos que se financian con anuncios). La publicidad es aceptable en un ámbito de edición amateur como el de la mayoría de blogs docentes, puesto que sus autores sólo aspiran a pagar con los ingresos por publicidad los gastos de alojamiento. En todo caso, la inserción de anuncios sólo es aceptable si se realiza dentro de ciertos límites:
      1. La publicidad no debe distraer del contenido ni confundirse con él. Las zonas del blog que contengan elementos publicitarios deben estar perfectamente identificadas y no inducir a error.
      2. Actuar sobre los elementos publicitarios (hacer clic sobre los enlaces, por ejemplo) ha de ser una elección libre del lector, que no debe ser forzada u orientada con trucos o engaños.
      3. El contenido del blog ha de ser valioso por sí mismo, y no debe estar formulado de acuerdo con exigencias publicitarias.
      4. Si en algún momento de la historia del blog se inserta publicidad o se modifica de forma signficativa la forma en que ésta se presenta ante el usuario, se debe advertir de ello.
  3. Respetar el trabajo ajeno. Este principio se concreta, sobre todo, en la necesidad de citar adecuadamente la procedencia de las ideas, textos, materiales y recursos que se incorporan a los blogs, y no tanto en el respeto absoluto por las normas legales de copyright, que en muchos casos son del todo abusivas. En relación con el asunto de las citas, conviene tener en cuenta las siguientes consideraciones:
    • Como principio general deben respetarse los términos de las licencias que regulan las producciones ajenas. Aunque los miembros de la comunidad bloguera tengamos cierta tendencia a interpretarlos de forma bastante laxa, ello no nos exime de responsabilidad en los términos que fijan las disposiciones legales.
    • Citar adecuadamente su procedencia no puede servir como excusa para utilizar sin restricciones el trabajo del prójimo. Un ejemplo: no hay nada reprochable en integrar en un texto propio un par de párrafos de uno ajeno; ahora bien, si se considera de interés el texto citado, no parece correcto copiarlo íntegro. Lo que hay que hacer es incluir el correspondiente enlace a la fuente original.
    • El concepto de “cita adecuada” va más allá de señalar los datos textuales necesarios para identificar la fuente original. Los elementos ajenos no deben sacarse de contexto ni utilizarse de forma espuria. Un ejemplo clamoroso de práctica abusiva es el denunció con particular ingenio Hernán Casciari en Orsai; debo este dato a la gentileza de Emilio Quintana, de Makel(ELE).
    • Aunque suele aceptarse como correcta, especialmente en contextos educativos, hay que ser prudente respecto a la práctica reiterada del anuncio de noticias de relieve. La actividad de un blog no debe centrarse sólo en esta actividad y mucho menos generar su propia relevancia a partir de recursos ajenos. En cambio, es perfectamente legítimo difundir noticias, ideas o materiales cuando media una labor de ordenación, interpretación o análisis por parte de quien les da publicidad y difusión.
    • En un mundo tan densamente entretejido como el de los blogs, rastrear la fuente original de una idea puede ser empresa punto menos que imposible, lo cual no exime de proporcionar la fuente o fuentes de donde se ha tomado una información.
  4. Respetar la dignidad y la sensibilidad del público lector. Para concretar más este principio, cabría particularizarlo en las siguientes conductas:
    • Expresarse con corrección (no sólo ortográfica) y propiedad lingüística, que no son sino formas particulares de la cortesía y la urbanidad.
    • Mostrarse inteligible, sin que ello implique atenerse a normas que pueden restringir o limitar la creatividad y el estilo personal. A este respecto, ha de tenerse en cuenta que muchos de los decálogos de prácticas blogueras (véase, por ejemplo, el que aparece en las páginas 17 y 18 del Taller de urbanidad y buenas maneras en los blogs) son notoriamente restrictivos. En todo caso, el autor de un blog ha de ser consciente de la configuración de su público y adoptar estructuras de comunicación y un estilo de redacción apropiado.
    • Ayudar a la inteligibilidad y comprensión del texto, allá donde sea preciso, mediante enlaces que definan términos, aclaren referencias o hechos, precisen detalles cuyo conocimiento sea conveniente, etc. Téngase en cuenta, en todo caso, que la práctica de este tipo de enlaces debe llevarse a cabo con sensatez y moderación, para no causar un efecto de apiñamiento y confusión.
    • Respetar en lo posible los principios de diseño, usabilidad y accesibilidad que permiten que el blog sea legible en la mayor parte de las circunstancias. Naturalmente, no cabe exigir a toda la comunidad bloguera que cumpla rigurosamente los más estrictos estándares de accesibilidad, pero es necesario mantener una vigilancia para que los blogs sean usables en la mayor parte de las circunstancias (por cierto, le he pasado el Test de Accesibilidad Web a La Bitácora del Tigre y me he llevado un sofocón). Sobre estos aspectos hay una enorme cantidad de información disponible, de entre la que se pueden destacar varios trabajos de Alejandro Valero (Con el lenguaje hemos topado, La escritura en las nuevas tecnologías y El mal diseño de las bitácoras), así como las referencias de Úsalo, un blog experto en la materia.
    • Respetar, en la medida de lo posible, la sensibilidad del público lector respecto a aspectos como el lenguaje explícito, el lenguaje discriminatorio, las expresiones injuriosas hacia colectivos minoritarios o desfavorecidos, etc. Sin llegar a los tics que ha consagrado el lenguaje políticamente correcto (especialmente los que tratan de evitar la presunta invisibilización de la condición femenina), tal vez convenga mostrarse sensible a una moderada utilización de la doble moción genérica y de expresiones que eviten el uso exclusivo del término no marcado (el masculino), siempre que supongan alternativas fiables y elegantes.
He dejado pendientes de desarrollo las normas de conducta específicas de los blogs de aula. Aunque les sean de aplicación en la mayor parte de los casos los principios que se acaban de exponer, los blogs que realizan los alumnos o que se elaboran junto con ellos presentan determinadas características particulares sobre las que otros compañeros pueden tratar con mucha más experiencia y conocimiento de causa que los míos. Véase, por ejemplo, el trabajo de Lourdes Domenech en Ortografía y expresión escrita en los blogs educativos: algunas consideraciones.


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